RESOLUCIÓN CONSEJO DIRECTIVO Nro 0956 14/07/2000
RESOLUCIÓN CONSEJO DIRECTIVO Nº 0956 14/07/2000
Expediente : 00466053 14/06/2000
Tratamiento: Aprobada 10/07/2000
Art.1:
Los estudiantes de la FCEyN tienen derecho a no rendir más de 1 exámen parcial o recuperatorio por día.
Art.2:
Los Docentes responsables de las materias deberán a pedido del interesado, ponerse de acuerdo de forma tal de garantizar lo normado en el art.1º. Si no se llegara a un acuerdo, el estudiante podrá optar por rendir el exámen de la materia que estimare conveniente.
Art.3:
Los estudiantes que cursen dos o más materias que fijen exámenes parciales en fecha coincidente, tendrán oportunidad de rendir el parcial o recuperatorio no rendido en las mismas condiciones que el resto de sus compañeros. Ello significa, necesariamente, que no se verán reducidas en número sus oportunidades de recuperación.

